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Los exalcaldes de Cataño y Aguas Buenas podrían ser sentenciados de manera virtual

Posted On 17/05/2022
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Los recientes casos de alcaldes que se entregaron a las autoridades federales mediante un recurso de información, han logrado que bajo las guías actuales del Tribunal Federal, en San Juan, sus casos se tramiten mediante videoconferencia y, al menos, dos de ellos podrían ser sentenciados sin tener que pisar la sala del juez.

Debido a que con la pandemia de covid-19 los tribunales federales ampliaron la práctica de realizar reuniones por videoconferencia, esta modalidad se ha convertido en una alternativa cada vez más utilizada para llevar a cabo de forma más ágil los procedimientos legales, siempre y cuando cuenten con la autorización del imputado.

Al presente, según el Sistema Electrónico de Radicación de la Corte (ECF, en inglés), tanto el exalcalde de Aguas Buenas, Luis Arroyo Chiqués, como el de Cataño, Félix Delgado Montalvo, están pendientes a ser sentenciados en vistas realizadas por videoconferencia, pues ambos han renunciado al derecho de comparecer.

En el caso del exalcalde de Guayama, Eduardo Cintrón Suárez, aunque la vista de comparecencia inicial y de pliego acusatorio se hicieron por videoconferencia, no renunció a su derecho a comparecer, por lo que la vista de sentencia será presencial, el próximo 7 de julio.

Aunque cada tribunal de distrito federal aplica sus propias reglas sobre cómo proceder con los casos criminales durante la pandemia, por lo general se basan en las disposiciones que establece la ley federal Cares, que extienden el uso del formato de videoconferencia a una gama de procedimientos habituales.

Esta ley autoriza el uso de este formato virtual para la vista de detención, comparecencia inicial, vista preliminar y de probatoria, relevo de acusación y libertad supervisada y sentencia por delitos menos graves y graves.

Según explicó el subjefe de la Fiscalía Federal, Héctor Ramírez Carbó, en el caso de las sentencias por delitos graves se requiere que el acusado renuncie al derecho de comparecer, mediante un relevo de comparecencia que autoriza al juez a celebrar la vista por videoconferencia.

“Realmente es a discreción del juez. Nosotros simplemente radicamos el caso. Se radican los documentos en la secretaría, el sistema asigna aleatoriamente el caso a un juez de distrito federal, cuando ese juez de distrito federal reciba el caso, él o ella es quien determina si las vistas las celebra virtuales o presenciales”, detalló Ramírez Carbó a este medio.

El fiscal federal entiende que el formato de videoconferencia ayuda a agilizar el procesamiento de los casos criminales, porque facilita movilizar el personal de sala de un juez. Un ejemplo, según Ramírez Carbó, son las vistas iniciales en los casos de drogas y narcotráfico que ahora se celebran mediante videoconferencia desde la cárcel federal de Guayabo.

“Yo estimo que por el ‘uptick’ (aumento) que hay de covid recientemente, pues muy probablemente van a haber más vistas virtuales próximamente, que vistas presenciales”, sostuvo el fiscal federal.

A juicio del abogado federal Miguel Oppenheimer, el cambio al formato de videoconferencia llegó para quedarse, particularmente en las vistas de trámite ordinario que suelen ser breves. No obstante, considera que las vistas presenciales también tienen sus virtudes y proveen oportunidad para resolver casos mediante el diálogo, fuera de la sala del juez.

“Pienso que son bastante efectivas para vistas de status, vistas de seguimiento, ‘pretrials’… son bastante convenientes en ese aspecto. Por otro lado, el estar en el tribunal tiene sus beneficios también porque las partes —ya sean los fiscales y los abogados— tenemos oportunidad para vernos y podemos sentarnos a dialogar en persona sobre casos, a ver si podemos resolver el caso. Eso se ha perdido un poco”, sostuvo Oppenheimer.

No obstante, el abogado sostuvo que la vista de sentencia no debería celebrarse mediante videoconferencia por la naturaleza delicada del trabajo que hace el juez y que requiere observar al convicto.

“Entiendo que las vistas de sentencia deberían ser en persona, ya que es una vista bastante delicada y pienso que un juez debería tener una persona de frente y hay todos estos factores de sentencia que el juez tiene que considerar y a lo mejor se pierde un poco en eso”, puntualizó.

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